CAPÍTULO SEGUNDO
OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA
Artículo 5.
Los Entes Públicos dentro de los siguientes noventa días naturales a que surja o sufra alguna modificación, tendrán la obligación de mantener actualizada, de acuerdo con sus funciones y a disposición de cualquier interesado, la siguiente información:
...
FRACCIÓN XVII. Los contratos, convenios y condiciones generales de trabajo que regulen las relaciones laborales del personal sindicalizado y de confianza que se encuentre adscrito a los Entes Públicos; así como la relación del personal sindicalizado, los montos que por concepto de cuotas sindicales se hayan entregado a los sindicatos, los nombres de quienes los reciben y de quienes son responsables de ejercerlos;
LOS CONTRATOS, CONVENIOS Y CONDICIONES GENERALES DE
TRABAJOQUE REGULEN LAS RELACIONES LABORALES DEL PERSONAL
SINDICALIZADO Y DE CONFIANZA QUE SE ENCUENTRE
ADSCRITO
A LOS ENTES PÚBLICOS.
No aplica
FRACCIÓN XVII. LOS CONTRATOS, CONVENIOS Y CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO QUE REGULEN LAS RELACIONES LABORALES DEL PERSONAL SINDICALIZADO Y DE CONFIANZA QUE SE ENCUENTRE ADSCRITO A LOS ENTES PÚBLICOS; ASÍ COMO LA RELACIÓN DEL PERSONAL SINDICALIZADO, LOS MONTOS QUE POR CONCEPTO DE CUOTAS SINDICALES SE HAYAN ENTREGADO A LOS SINDICATOS, LOS NOMBRES DE QUIENES LOS RECIBEN Y DE QUIENES SON RESPONSABLES DE EJERCERLOS;
En el Poder Judicial no existe algún contrato o convenio firmado por algún empleado del Poder Judicial que regulen las condicionesgenerales de trabajo, ante esa situación, los empleados del Poder Judicial con niveles del 3.1 al 6.1 son considerados de confianza, los demás niveles son considerados de base; en todos los niveles se regulan sus funciones, prestaciones y servicios según a lo establecido en Reglamento Interior General del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, de los Juzgados de Primera Instancia, Menores y de Conciliación y de las demás dependencias del propio Tribunal, así como de los ordenamientos jurídicos que correspondan.
a) El contrato colectivo de trabajo celebrado entre el ente público y el sindicato titular del mismo; (No aplica)
b) Los convenios o acuerdos adicionales que se firmen entre las dos partes; (No aplica)
c) El Reglamento interior y/o las condiciones generales de trabajo que se pacten entre el ente público y el sindicato respectivo
d) Patrón o relación de miembros del sindicato correspondiente; (No aplica)
e) Montos de las cuotas ordinarias y extraordinarias descontadas y entregadas al sindicato, previa autorización del mismo; (No aplica)
f) Apoyos o ayudas económicas entregadas al sindicato y el objeto de las mismas. (No aplica)
g) Nombres y cargos de lops directivos responsables de la recepción, manejo y operación de los recursos. (No aplica)