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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
Av. Patricio Trueba y de Regil No. 236, Codigo Postal 24090, San Francisco de Campeche, Campeche.
Teléfono 01 (981) 8130664 Ext 1170. Correo electrónico: transparencia@poderjudicialcampeche.gob.mx

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Este sitio es mantenido por la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación
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¿A qué información puedo acceder a través de la página web de Transparencia del Poder Judicial del Estado?


Obligaciones de transparencia.

En este apartado usted podrá acceder a la información que con base en los artículos 4, fracción I y 5 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche, los entes públicos deben colocar en sus páginas de internet. A dicha información se le denomina Información de Transparencia la cual incluye la estructura orgánica; las facultades, metas, objetivos y servicios de sus unidades administrativas; el directorio y la remuneración mensual de sus servidores públicos; el domicilio y teléfono de la Unidad de Acceso; la información sobre el presupuesto asignado; los resultados de las auditorias que se le realizan; los informes que generen por disposición legal, entre otros.


Solicitudes de información

Las solicitudes de acceso a la información pública, o una solicitud para la corrección de los propios datos personales que obren en archivos del Poder Judicial, pueden realizarse ya sea por personas físicas o morales, o por sus representantes legales.


¿Qué es una solicitud de acceso a información pública?

Es la presentación ante la Unidad de Acceso de un requerimiento de información pública que se encuentre en documentos que generen o conserven las dependencias y entidades del Poder Judicial del Estado y que no haya sido previamente clasificada como de acceso restringido.

La información solicitada puede ser sobre cualquier actividad institucional que lleven a cabo las dependencias y entidades (como estructura orgánica, directorio, presupuestos, convenios, tabuladores de salarios, control interno y trámites).


¿Cualquier información que posee el gobierno es pública y por lo tanto la puedo solicitar?

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche establece que toda la información que posea el Poder Judicial del Estado es pública, excepto aquella que clasifique como reservada o confidencial.

La información reservada es aquella que compromete la seguridad nacional o estatal, pone en riesgo la vida de cualquier persona, causa perjuicio a las actividades de verificación del cumplimiento de las leyes mientras las resoluciones no causen estado, entre otros.

La información confidencial se refiere a los datos personales del cualquier individuo y es la relativa a su domicilio, teléfono, expediente médico, origen étnico o racial, características físicas, morales o emocionales y toda aquella que afecten su intimidad.


Cuándo se me niegue cualquier tipo de información o se me dé incompleta ¿la COTAIPEC siempre intercede por mí?

La COTAIPEC puede interceder por Usted siempre y cuando solicite información pública que se encuentre en posesión del Poder Judicial del Estado.

En caso de que las entidades le nieguen información o se la den incompleta, la Comisión sólo podrá intervenir si Usted presenta un Recurso de Revisión o una confirmación de afirmativa ficta.


¿Cómo puedo presentar una solicitud de información?

Usted puede presentar una solicitud de información a través de tres formas:

1.- Por correo certificado o por mensajería. Debe enviarla a la Unidad de Acceso del Poder Judicial del Estado.

Es importante que Usted se quede con un comprobante que acredite el día en el que envío su solicitud de información.

2.- Presentar personalmente su solicitud de información ante la Unidad de de Acceso del Poder Judicial del Estado.

3. Por medio electrónico a la dirección:

     transparencia@poderjudicial.gob.mx


¿A dónde debo dirigirme en el Poder Judicial para solicitar información?

En la Unidad de Acceso a la Información Pública a cargo del Lic. Roque Alejandro Durán Beltrán, Encargado de la Dirección de la Unidad de Acceso a la Información Pública del Poder Judicial del Estado en Avenida Patricio Trueba y de Regil No. 236, Col. San Rafael, San Francisco de Campeche, Campeche, C.P.24090.


¿Quién puede presentar una solicitud de información?

Cualquier persona por sí misma o a través de su representante Iegal.


¿Se debe justificar el por qué un particular requiere determinada información?

No. Usted no debe dar ninguna explicación del por qué requiere determinada información. Tampoco deberá justificar la razón por la cual quiere acceder a la información pública.


¿Qué instancia resuelve sobre las solicitudes de información?

La Unidad de Acceso del Poder Judicial del Estado de Campeche que posee la información que Usted solicitó.

La COTAIPEC no concentra información de las dependencias y entidades ni tiene la facultad de solicitarla a petición de los particulares. En cambio la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche, le otorga a usted pleno derecho para que realice una solicitud de información ante la Unidad de Acceso.

Si Usted realiza una solicitud a la COTAIPEC, esta sólo estará obligada a responderle siempre y cuando sea sobre información de la propia Comisión y no de otras dependencias o entidades.


¿Cuántos días tienen las entidades y dependencias para responder a mi solicitud?

La respuesta a la solicitud deberá ser notificada al particular en el menor tiempo posible y no podrá ser mayor a veinte días hábiles contados a partir de la presentación de la misma, prorrogable por diez días más en razón del volumen y extensión de las respuestas. En caso de que el solicitante haya requerido de entrega de información con costo, la Unidad de Acceso correspondiente deberá comunicarle la cantidad a pagar y en su caso, el costo por el envío.


¿De qué manera puedo presentar una solicitud de información?

Usted puede presentar una solicitud de información a través de cuatro opciones:

1.- Por correo certificado o por mensajería. Debe enviarla a la Unidad de Acceso del Poder Judicial del Estado.

Es importante que Usted se quede con un comprobante que acredite el día en el que envío su solicitud de información.

2.- Presentar personalmente su solicitud de información ante la Unidad de Acceso del Poder Judicial del Estado.

3. Por medio electrónico a la dirección:

     transparencia@poderjudicialcampeche.gob.mx

4. De manera escrita mediante formato libre, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 42 de la Ley de Acceso y Transparencia a la Información Pública del Estado de Campeche.


¿Qué es un recurso de revisión?

Un recurso de revisión es el instrumento con el que cuentan los particulares para impugnar si se les negó el acceso a determinada información, si se les notificó la inexistencia de los documentos requeridos, si consideran que la información que se les proporcionó es incompleta o no corresponde a la solicitud que formularon. En materia de datos personales, los particulares también pueden presentar un recurso de revisión si se les negó el acceso a los mismos, o bien si se les entregó en un formato incomprensible o si les negó la posibilidad de modificarlos.

El recurso de revisión regulado en esta Ley es un medio de defensa jurídica que tiene por objeto garantizar que en los actos y resoluciones de los Entes Públicos se respeten las garantías de legalidad y seguridad jurídica.

¿Cómo puedo presentar un recurso de revisión?

El escrito para presentar el recurso de revisión será de formato libre, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 42 de la Ley de Acceso y Transparencia a la Información Pública. Este escrito usted puede presentarlo:

  1. Personalmente ante la Unidad de Acceso a la Información del Pública del Poder Judicial del Estado.

  2. Por medio electrónico a la dirección:

    transparencia@poderjudicialcampeche.gob.mx

  3. Directamente a la COTAIPEC, ya sea presentándolo personalmente, o enviándo por correo certificado o vía electrónica:

    Centro de Atención a la Sociedad
    Avenida Ruiz Cortínez No. 18 interior 107 por Luis Álvarez Barret, Edificio Ah-Kim-Pech, C.P. 24014 San Francisco de Campeche, Campeche.
    Tel: (981)12 7 1780      (981) 12 7 1780
    E-mail: cotaipec@cotaipec.org.mx

Es importante que Usted se quede con un comprobante que acredite el día en el que envió su recurso de revisión.

¿Quién puede interponer un recurso de revisión?

Cualquier persona por sí misma o a través de su representante legal, que se sienta afectado por alguna resolución de la Unidad de Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche.

¿Cuántos días tengo para interponer un recurso de revisión?

Una vez que Usted reciba una notificación negativa, tiene quince días hábiles para presentar su recurso de revisión.

¿Qué instancia resuelve sobre los recursos de revisión?

La COTAIPEC es la encargada de resolver sobre los recursos de revisión, de tal forma que cuando la Unidad de acceso los recibe, deberá enviarlo el día siguiente a dicho organismo.

¿Cuántos días tiene la COTAIPEC para emitir una resolución?

La COTAIPEC tiene veinte días hábiles para emitir una resolución.


Confirmación de afirmativa ficta

Si Usted presenta una solicitud de información y transcurren veinte días hábiles sin recibir una respuesta o una notificación por parte de la Unidad de Acceso correspondiente, entonces puede presentar ante la COTAIPEC una confirmación de afirmativa ficta.

En esta sección encontrará toda la información sobre qué es, dónde y cómo puede presentar una confirmación de afirmativa ficta. También encontrará los procedimientos para realizarla.

¿Qué es la confirmación de afirmativa ficta?

La confirmación de afirmativa ficta es un trámite que puede Usted realizar ante la COTAIPEC cuando en los siguientes veinte días hábiles de haber presentado una solicitud de información, no recibe ninguna notificación por parte de la Unidad de Acceso correspondiente.  

¿Cuántos días debo esperar para presentar una confirmación de afirmativa ficta en caso de no recibir ninguna respuesta por parte de la Unidad de Acceso correspondiente?

Al realizar la solicitud de información ante la Unidad de Acceso, conforme la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Judicial de Estado de Campeche lo establece, las autoridades están obligadas a responderle en un plazo no mayor de veinte días hábiles contados a partir de la recepción de ésta. Si en ese periodo de tiempo, no le otorgan o notifican una respuesta, usted tiene derecho a presentar una solicitud de confirmación de afirmativa ficta ante el COTAIPEC.

¿Cómo puedo presentar una confirmación de afirmativa ficta?

Usted debe imprimir el formato que se encuentra en la página de Internet del Poder Judicial del Estado, llenarlo y seguir una de las tres siguientes opciones:

  1. Enviarlo por correo certificado o por mensajería a la COTAIPEC, a la siguiente dirección:

    Avenida Ruiz Cortínez No. 18 interior 107 por Luis Álvarez Barret, Edificio Ah-Kim-Pech, C. P. 24014 San Francisco de Campeche, Campeche.

    Tel: (981) 12 7 1780

  2. Presentarlo personalmente ante el Centro de Atención a la Sociedad de la COTAIPEC en la dirección previamente mencionada.

  3. Correo electrónico.

E-mail: cotaipec@cotaipec.org.mx

Es importante que Usted se quede con un comprobante que acredite el día en el que envío su confirmación de afirmativa ficta.

¿Quién puede presentar una confirmación de afirmativa ficta?

Cualquier persona, o su representante legal, que haya presentado una solicitud de información y que no haya obtenido respuesta en los veinte días hábiles siguientes a la presentación de la misma.

¿Qué instancia resuelve sobre las confirmaciones de afirmativa ficta?

La COTAIPEC es la encargada de resolver sobre las confirmaciones de afirmativa ficta.

La COTAIPEC le solicita a la Unidad de Enlace de la dependencia que le informe si respondió la solicitud en tiempo y forma como lo establece la Ley.

¿Para qué sirve presentar una confirmación de afirmativa ficta?

Presentar una confirmación de afirmativa ficta sirve para que la COTAIPEC requiera a la dependencia o entidad la entrega de la información al solicitante, salvo en los casos en que la información sea clasificada como reservada o confidencial.

En estos casos, la Unidad de Acceso cubrirá los costos de reproducción de material y del envío.  

 
 



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Horario de atención de 08:00 a 15:00 hrs.
Cualquier documento recibido personalmente o de manera electrónica, después de las 15:00 hrs. se considerará entregado el día hábil inmediato siguiente. La información que no se contenga en esta página, puede ser obtenida mediante solicitud que se haga a través de los órganos facultados para ello, en este caso la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ubicado en Av. Patricio Trueba y de Regil No.236 Col San Rafael, CP 24090, dirigido a la Mtra. Brenda Gabriela Medina Atun como Encargada de la Unidad de Transparencia.