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Fracción X.d.
Secretaría General de Acuerdos. CIRCULAR NÚM.:09/SGA/17-2018 ASUNTO: SE COMUNICA ACUERDO DE PLENO. Ciudad de San Francisco de Campeche, Camp; a 03 de octubre de 2017. CC. MAGISTRATURAS, SECRETARÍAS DE ACUERDOS DE LAS SALAS CIVIL-MERCANTIL, PENAL, CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA, UNITARIA ESPECIALIZADA PARA ADOLESCENTES Y MIXTA DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, CENTROS DE ENCUENTRO FAMILIAR Y CENTROS DE JUSTICIA ALTERNATIVA, UNIDAD DE DERECHOS HUMANOS E IGUALDAD DE GÉNERO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE. En cumplimiento al acuerdo aprobado por el Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, en sesión ordinaria de fecha 2 de octubre de 2017, se comunica para su conocimiento y efectos legales correspondientes, el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral INE/CG431/2017 que dice: PRIMERO. Se aprueban los dictámenes con los que se verifica el cumplimiento de las etapas correspondientes al procedimiento de selección y designación y se analiza la idoneidad de las y los aspirantes propuestos al Consejo General para ser designados como Consejeras y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales de las entidades de Baja California Sur, Campeche, Ciudad de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, mismos que forman parte integral del presente Acuerdo, conforme a lo siguiente: 1.1. Baja California Sur
1.2. Campeche
1.3. Ciudad de México
1.4. Guanajuato
1.5. Guerrero
1.6. Jalisco
1.7. México
1.8. Michoacán
1.9. Morelos
1.10. Nuevo León
1.11. Oaxaca
1.12. Querétaro
1.13. San Luis Potosí
1.14. Sonora
1.15. Tabasco
1.16. Tlaxcala
1.17. Yucatán
1.18. Zacatecas
SEGUNDO. La Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, a través de su Secretario Técnico, deberá notificar el presente Acuerdo a las personas que han sido designados como Consejeras y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales de las entidades con proceso de designación. TERCERO. Las Consejeras y Consejeros Electorales designados para los Organismos Públicos Locales de las entidades de Baja California Sur, Campeche, Ciudad de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tlaxcala y Yucatán, tomarán posesión del cargo el 1o de octubre de 2017, en sesión solemne conducida por la Consejera o Consejero Presidente del Organismo Público Local Electoral correspondiente, rindiendo la protesta de Ley en la sede del Organismo Público Local Electoral de la entidad correspondiente.- CUARTO. Las Consejeras y Consejeros Electorales designados para el Organismo Público Local del estado de Zacatecas tomarán posesión del cargo el 5 de enero de 2018, en sesión solemne conducida por el Consejero Presidente del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas. QUINTO. Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales para que, por conducto de las Juntas Locales Ejecutivas del Instituto Nacional Electoral en las entidades con procedimiento de designación, realice las acciones para comunicar el contenido del presente Acuerdo a las autoridades locales competentes para los efectos legales conducentes. SEXTO. Se instruye a la Secretaría Técnica de la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales realice las gestiones para la publicación en el portal de Internet del Instituto Nacional Electoral de las cédulas de evaluación integral, correspondientes a la etapa de valoración curricular y entrevistas. SÉPTIMO. Las Consejeras y Consejeros Electorales designados mediante el presente Acuerdo, deberán notificar a la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, la constancia documental o declaración en la que manifiesten bajo protesta de decir verdad, que no desempeñan ningún empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos relacionados con actividades docentes, científicas, culturales, de investigación o de beneficencia no remunerados, dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la toma de posesión del cargo, conforme a lo dispuesto en el artículo 28, párrafo 2, del Reglamento del Instituto Nacional Electoral para la designación y remoción de las y los Consejeros Presidentes y las y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales Electorales. OCTAVO. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en la Gaceta y portal de internet del Instituto Nacional Electoral y en los estrados de las Juntas Ejecutivas Local y Distritales de dichas entidades federativas, así como en los portales de internet de los respectivos Organismos Públicos Locales y los medios correspondientes en las entidades de Baja California Sur, Campeche, Ciudad de México, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas. NOVENO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación. El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 12 de septiembre de 2017, por nueve votos a favor de los Consejeros Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Maestro Marco Antonio Baños Martínez, Maestra Adriana Margarita Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello y dos votos en contra de los Consejeros Electorales, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña y Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles. Se aprobó en lo particular la excusa que solicitó por escrito el Consejero Electoral, Maestro Marco Antonio Baños Martínez a efecto de abstenerse de votar la designación del Ciudadano Mauricio Huesca Rodríguez como Consejero Electoral del Organismo Público Local de la Ciudad de México, por unanimidad de los Consejeros Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Maestra Adriana Margarita Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña, Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello. Se aprobó en lo particular por lo que hace a la designación del Ciudadano Mauricio Huesca Rodríguez, como Consejero Electoral del Organismo Público Local de la Ciudad de México, por ocho votos a favor de los Consejeros Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Maestra Adriana Margarita Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, y dos votos en contra de los Consejeros Electorales, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña y Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles; y con fundamento en el artículo 25, párrafos 1, 2 y 3, inciso a) del Reglamento de Sesiones del Consejo General, se excusó de votar el Consejero Electoral, Maestro Marco Antonio Baños Martínez.- Se aprobó en lo particular por lo que hace a la designación de las Consejeras y Consejeros Electorales del Órgano Superior de Dirección de los Organismos Públicos Locales de las entidades federativas de Campeche, Guerrero, Nuevo León y Yucatán, por ocho votos a favor de los Consejeros Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Maestro Marco Antonio Baños Martínez, Maestra Adriana Margarita Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, y tres votos en contra de los Consejeros Electorales, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña y Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles. A T E N T A M E N T E MTRA. JAQUELINE DEL CARMEN ESTRELLA PUC
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Fecha última actualización |
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