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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
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Fracción X.d.

Secretaría General de Acuerdos.

CIRCULAR NÚM.:90/SGA/16-2017

ASUNTO: SE  COMUNICA ACUERDO DEL PLENO.                                                                

Ciudad de San Francisco de Campeche, Camp., a 11 de mayo de 2017.

CC. MAGISTRATURAS, JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA, SECRETARÍAS DE ACUERDOS DE LAS SALAS CIVIL-MERCANTIL, PENAL, CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA, UNITARIA ESPECIALIZADA PARA ADOLESCENTES Y MIXTA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, OFICIALÍA MAYOR, CONTRALORÍA, DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LA DELEGACIÓN DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO, ESCUELA JUDICIAL, DIRECCIONES, CENTROS Y/O CENTRALES, UNIDAD DE DERECHOS HUMANOS E IGUALDAD DE GÉNERO, COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO.

En Sesión Ordinaria verificada el día 9 de mayo de 2017, el Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia dictó y aprobó el:

ACUERDO DE REORGANIZACIÓN Y ADSCRIPCIÓN DE JUEZAS Y/O JUECES DISPONIBLES PARA OCUPAR PLAZAS VACANTES,  Y ROTACIÓN DE JUEZAS Y JUECES EN EL ÁREA FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE.

Con  motivo de los acuerdos de Extinción de los Juzgados Segundo de Primera Instancia del Ramo Penal y Cuarto Auxiliar de Primera Instancia de Cuantía Menor en materias Civil y Mercantil ambos de este Primer Distrito Judicial del Estado, lo que permite la disponibilidad de las titulares, Juezas Diana Leonor Comas Soberanis y Alfa Omega Burgos Che;  y ante  la vacante de las Plazas de los Juzgados Primero Civil del Primer Distrito Judicial, y Mixto Civil-Mercantil-Familiar del Cuarto Distrito Judicial, resulta de vital importancia aprovechar al máximo la experiencia, formación y capacitación de las  impartidoras de justicia, antes citadas,  en las áreas del derecho en las que se han desarrollado a lo largo de la carrera judicial, y de esta forma cubrir las vacantes que a la fecha se encuentran disponibles, lo que representaría un ahorro presupuestal, en favor de las finanzas de este Poder Judicial. 

Por otro lado y con el objeto de fortalecer al área familiar,   con el intercambio de experiencias y destrezas desarrolladas por los órganos impartidores de justicia en el ámbito oral y tradicional, a lo largo de estos últimos años;  nos encontramos ante el escenario propicio para llevar a cabo la rotación de las y los titulares de los Juzgados Familiares de este Primer Distrito Judicial, y de esta manera consolidar la justicia familiar a través de criterios innovadores garante de los derechos humanos,   pero al mismo tiempo uniformes y sensibles a la problemática familiar, en el tratamiento de casos análogos. La vasta experiencia de las Juezas y Jueces que transitarán  de un sistema tradicional al oral, o la inversa, generaría las mejores condiciones en el trámite y resolución de los casos concretos, con estricto apego al Principio de Independencia Judicial de cada órgano impartidor de justicia. Lo que además fortalecería los Principios de Imparcialidad y Objetividad en esta delicada función de impartir justicia, y en el crecimiento en aptitud, confianza, credibilidad y transparencia ante los justiciables.

De conformidad con los artículos 8 y 19, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, por las necesidades de servicio, a fin de lograr el fortalecimiento del diseño estructural y de la impartición de justicia no sólo en el sistema penal acusatorio, sino en las demás áreas de la judicatura local, se determinan los siguientes cambios de adscripción:

PRIMERO. La Jueza Tercera de Ejecución de Sanciones Penales del Primer Distrito Judicial del Estado, Maestra Maribel del Carmen Beltrán Valladares, a la vacante del Juzgado Primero Civil de Primera Instancia del Primer Distrito Judicial del Estado, y su lugar lo ocupará  la Jueza Licenciada Diana Leonor Comas Soberanis, quien quedó disponible ante la extinción del Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Penal del Primer Distrito Judicial del Estado. A partir del dieciséis de Junio de dos mil diecisiete.

SEGUNDO. Se nombra como Jueza Primera de Primera Instancia del Ramo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, a la Maestra Maribel del Carmen Beltrán Valladares, a partir del dieciséis de junio de dos mil diecisiete.

TERCERO. Se nombra como Jueza Tercera de Ejecución de Sanciones Penales  del Primer Distrito Judicial del Estado, a la Licenciada Diana Leonor Comas Soberanis, a partir del dieciséis de junio de dos mil diecisiete.

CUARTO. La Jueza Esperanza del Carmen Rosado Padilla, actual titular del Juzgado Primero Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado, dada la experiencia desarrollada al frente del Juzgado Mixto Civil-Mercantil-Familiar del Tercer Distrito Judicial del Estado, por cambio de adscripción al Juzgado análogo del Cuarto Distrito Judicial del Estado, plaza vacante. Y su lugar será ocupado por la Jueza  disponible Alfa Omega Burgos Che. A partir del uno de Junio de dos mil diecisiete.

QUINTO. Se nombra como Jueza Mixta Civil-Mercantil-Familiar de Primera Instancia del Cuarto Distrito Judicial del Estado, a la Licenciada Esperanza del Carmen Rosado Padilla, a partir del uno de junio de dos mil diecisiete

SEXTO. Se nombra como Jueza Primera de Primera Instancia del Ramo Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado, a la Maestra  Alfa Omega Burgos Che, a partir del uno de junio de dos mil diecisiete.

SÉPTIMO. Se nombra como Jueza Segunda  de Primera Instancia del Ramo Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado, a la Maestra  Mirna Hernández Ramírez, a partir del uno de junio de dos mil diecisiete.

OCTAVO. Se nombra como Juez Primero de Primera Instancia en materia de Oralidad  Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado, al Licenciado Ricardo Martín García Novelo, a partir del uno  de junio de dos mil diecisiete.

NOVENO. Se nombra como Jueza Tercera  de Primera Instancia del Ramo Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado, a la Maestra  Beatriz Baqueiro Gutiérrez, a partir del uno de junio de dos mil diecisiete.

DÉCIMO. Se nombra como Jueza Segunda de Primera Instancia en materia de Oralidad  Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado, a la Maestra Virginia  Leticia Lizama Centurión, a partir del uno de junio de dos mil diecisiete.

DÉCIMO PRIMERO. Con motivo de los cambios de adscripción anteriores, se integrará una Comisión conformada por las y los Magistrados que designe el Pleno de este H. Tribunal, y que deberá  integrarse a más tardar el veintidós  de mayo del actual, y que diseñará y ejecutará  el procedimiento a seguir en la entrega-recepción de los recursos humanos, materiales y tecnológicos, así como de los expedientes en trámite, sistemas, objetos y valores, que obren en los  Juzgados antes citados, a las y los titulares. Comisión que tendrá a su cargo desarrollar las metodologías de forma puntual y pertinente que habrán de observarse durante el proceso de entrega-recepción a que se contrae este acuerdo, tomando en cuenta las experiencias de operatividad jurisdiccional y administrativa que se han venido desarrollando. En dicho procedimiento de entrega-recepción, deberá darse la intervención legal correspondiente a la Contraloría Interna del Poder Judicial del Estado, de conformidad con lo que dispone el artículo 184 de la  Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

DÉCIMO SEGUNDO. Como un caso de excepción, la revisión del segundo cuatrimestre, y periodo transcurrido del tercer cuatrimestre del año judicial 2016-2017, se llevará a cabo a partir del veintidós  de mayo del presente por el Magistrado Visitador que designe el Pleno, lo cual permitirá realizar las certificaciones de cierre de los libros correspondientes.

DÉCIMO TERCERO. Con conocimiento de las partes en el proceso, se deberá informar el cambio de titular de los  Juzgados involucrados en el presente acuerdo.

DÉCIMO CUARTO. La entrega-recepción de los asuntos, se verificará en presencia del  Magistrado Supernumerario que al efecto designe el Tribunal Pleno, así como con la participación de los integrantes de la Comisión de Entrega- Recepción, quienes informarán lo conducente.

DÉCIMO QUINTO. La Administradora General, para el caso de la nueva titular del Juzgado Tercero de Ejecución de Sanciones Penales, deberá tomar las medidas administrativas correspondientes en atención al nombramiento referido.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO. Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, en los estrados de la Secretaría General de Acuerdos del Pleno, de las Salas del Tribunal, de los Juzgados, así como en las áreas administrativas y en el Portal de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Campeche.

SEGUNDO. El presente acuerdo entrará en vigor en términos del artículo 4 del Código Civil vigente en el Estado de Campeche.

TERCERO. La Comisión de Entrega-Recepción, referida en el presente acuerdo, deberá estar integrada a más tardar el veintidós  de mayo del presente año, por el número de Magistradas y Magistrados que determine el Pleno del Honorable Tribunal.

CUARTO. Comuníquese el presente acuerdo al Director de Recursos Materiales del Poder Judicial del Estado, a fin de que lleve a cabo los reportes correspondientes de las y nuevos titulares jurisdiccionales.

QUINTO. El Centro de Capacitación y Actualización del Poder Judicial del Estado, de manera inmediata una vez aprobado el presente acuerdo, deberá diseñar e implementar los cursos de especialización, capacitación y actualización al personal que con motivo del presente acuerdo  fueron readscritos, que les permita el fortalecimiento de habilidades prácticas, destrezas y aptitudes necesarias en las funciones que desempeñarán.

SEXTO. Se deja sin efecto cualquier disposición administrativa que sea contraria al presente Acuerdo.

SÉPTIMO. Comuníquese el presente Acuerdo al Gobernador del Estado, al Honorable Congreso del Estado, al Secretario de Gobierno, al Fiscal General del Estado, al Secretario de Seguridad Pública del Estado, a los Directores del Instituto de Acceso a la Justicia del Estado de Campeche y de los Centros de Reinserción Social del Estado, así como a los Juzgados de Distrito y a los Tribunales Colegiado y Unitario del Trigésimo Primer Circuito, para los efectos a que haya lugar. Cúmplase.

A T E N T A M E N T E

MTRA. JAQUELINE DEL CARMEN ESTRELLA PUC
SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS INTERINA
DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO.

 

 



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