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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
Av. Patricio Trueba y de Regil No. 236, Codigo Postal 24090, San Francisco de Campeche, Campeche.
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Fracción X.d.

Secretaría General de Acuerdos.

CIRCULAR NÚM.:50/SGA/16-2017

ASUNTO: SE  COMUNICA ACUERDO DEL PLENO.                                                                

Ciudad de San Francisco de Campeche, Camp., a 24 de enero de 2017.

CC. MAGISTRATURAS Y SECRETARÍAS DE ACUERDOS DE LAS SALAS CIVIL-MERCANTIL, PENAL, CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA, UNITARIA ESPECIALIZADA PARA ADOLESCENTES Y MIXTA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, OFICIALÍA MAYOR, DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LA DELEGACIÓN DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO, CONTRALORÍA, JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA, ESCUELA JUDICIAL, DIRECCIONES, CENTROS Y/O CENTRALES, UNIDAD DE DERECHOS HUMANOS E IGUALDAD DE GÉNERO, COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO.

En Sesión Ordinaria verificada el día 23 de enero de 2017, el Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia dictó y aprobó el:

ACUERDO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS MEDIDAS DE CARÁCTER GENERAL DE RACIONALIDAD, DISCIPLINA PRESUPUESTAL Y MODERNIZACIÓN, RELATIVO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017.

CONSIDERANDO

PRIMERO.- El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes; por lo que para cumplir con el mandato constitucional es necesaria la creación de órganos jurisdiccionales, a fin de garantizar que la impartición de justicia sea pronta, completa e imparcial.

SEGUNDO.- Que de conformidad con el artículo 77 de la Constitución Política del Estado de Campeche, se deposita el ejercicio del Poder Judicial del Estado en un H. Tribunal Superior de Justicia y en Juzgados de Primera Instancia, Menores y de Conciliación. El establecimiento, funcionamiento y competencia de los mencionados órganos del Poder Judicial se regirán por lo que dispongan la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Campeche y demás leyes que resulten aplicables, de conformidad con las bases que esta Constitución señala.

TERCERO.- La Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Campeche y sus Municipios, en su artículo 30reconoce la autonomía presupuestaria, así como su potestad normativa para regular diversos aspectos relacionados con el ejercicio de su presupuesto.

CUARTO.- La Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Campeche y sus Municipios, en su artículo 1o., establece que los sujetos obligados deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, y rendición de cuentas, con un enfoque a resultados.

QUINTO.- La Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, en el artículo 27, fracción XIII, establece las atribuciones del Presidente de este Alto Tribunal; y específicamente señala ejercer el presupuesto de egresos aprobado por el Congreso del Estado al Poder Judicial y acordar las erogaciones que deban hacerse con cargo a sus diversas partidas, así mismo, el citado artículo le atribuye la de representar al Poder Judicial y llevar su administración.
SEXTO.- Los artículos 48, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, y 32, fracción VI, del Reglamento Interior General del Poder Judicial del Estado, disponen  que corresponde al Oficial Mayor del Poder Judicial del Estado, formular el anteproyecto de presupuesto y vigilar su ejercicio, conforme a los lineamientos que señale el Tribunal en Pleno y el Presidente del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado.

SÉPTIMO.- Que de conformidad con los artículos 1, 22, 23, 24, y 28 de la Ley de Presupuesto de Egresos del Estado de Campeche para el Ejercicio Fiscal 2017, el Poder Judicial del Estado, en el ámbito de su competencia, deberá establecer criterios de racionalidad, austeridad y selectividad.

OCTAVO.- De conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, el Pleno del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, expedirá los reglamentos interiores, acuerdos, circulares y otras disposiciones necesarias para la consecución de sus fines y metas, en ese sentido emite el presente Acuerdo General, el cual tiene por objeto establecer las medidas mínimas de carácter general de racionalidad y disciplina presupuestal para el ejercicio fiscal dos mil diecisiete en el Poder Judicial del Estado.

NOVENO.- Uno de los objetivos específicos del Poder Judicial, es el de optimizar la programación, ejecución y evaluación presupuestaria institucional, a través del seguimiento de su ejercicio que permita de forma idónea, en tiempo y condiciones, el fortalecimiento en el manejo de los recursos conforme a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.

DÉCIMO.- En el marco del Plan Institucional de Desarrollo del Poder Judicial del Estado, 2015-2021, se establece como objetivo general el de administrar su presupuesto con eficacia y eficiencia basada en las más modernas y mejores prácticas, favorecer la rendición de cuentas consistente en la correcta aplicación de los recursos humanos, financieros y materiales, vigilando que se ejerzan mediante los principios de legalidad, honradez y eficiencia, principios básicos de la ética judicial que debe distinguir a todo servidor público de esta honorable Institución.

DÉCIMO PRIMERO.- Que es necesario que el Poder Judicial del Estado, instruya a sus diferentes órganos administrativos responsables de la planeación y ejecución del gasto a instrumentar acciones de ahorro, que garanticen una operación eficiente del Poder Judicial del Estado.

Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 8  de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se emite el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- OBJETIVO. Las medidas que se contienen en el presente Acuerdo forman parte de la mejora administrativa en los órganos del Poder Judicial del Estado y encuentran sustento en los principios de economía, eficiencia, eficacia, imparcialidad y honradez previstos en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para el ejercicio de los recursos públicos.

En este sentido, y con el propósito de lograr alcanzar las medidas de ahorro, racionalidad y disciplina presupuestales, en lo posible, los Órganos del Poder Judicial procurarán adoptar las mejores prácticas que se desarrollen en la materia, establecerán las acciones necesarias para lograr la simplificación y automatización de los procesos, privilegiando en todo momento el uso de medios electrónicos e impulsarán las innovaciones administrativas que permitan alcanzar un efectivo ahorro para el Poder Judicial del Estado.

SEGUNDO.- SUJETOS OBLIGADOS. Son sujetos del presente Acuerdo los órganos jurisdiccionales y unidades administrativas que integran el Poder Judicial.

TERCERO.- DE LAS MEDIDAS DE RACIONALIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTAL DE LOS ÓRGANOS DEL PODER JUDICIAL EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS.

  • EN MATERIA DE APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS:

1.- Para la realización de convenciones, congresos, seminarios, talleres de trabajo y demás eventos de naturaleza similar, se utilizarán preferentemente los espacios e instalaciones administrados por el Poder Judicial del Estado y, en su caso, se deberá buscar apoyo de otras instituciones de carácter federal, estatal y municipal. Se podrán contratar espacios y servicios a través de entes privados cuando no se encuentre disponibilidad de éstos con entidades públicas, no exista infraestructura suficiente o los servicios con los que se cuente no cubran las condiciones indispensables para llevar a cabo la actividad de que se trate.

2.- Con el fin de aprovechar los espacios de almacenamiento, se dará impulso a la desincorporación de bienes muebles no útiles para el desarrollo de las funciones institucionales.

3.- Con el propósito de la distribución de los espacios se implementarán estrategias para su reubicación.

  • EN MATERIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN:

1. Se aprovechará al máximo la infraestructura existente en los órganos del Poder Judicial, en cuanto al uso de redes internas y conmutadores, a efecto de optimizar los sistemas de comunicación de voz, datos, imágenes y videoconferencias, y con ello reducir costos y hacer más eficientes los sistemas de intra e intercomunicación.

2. Se dará impulso al uso de sistemas de telefonía fija que permitan que llamadas locales y de larga distancia que se realicen entre los órganos del Poder Judicial funcionen como llamadas de extensión de bajo costo, con el fin de tener un uso más racional de los servicios telefónicos.

3. Con el propósito de optimizar y fortalecer el uso de los servicios de infraestructura pública se promoverá la suscripción de convenios de colaboración con las instituciones correspondientes en materia de redes de transmisión de voz y datos.

4. Promover e impulsar el uso de las comunicaciones electrónicas y de sistemas, para agilizar los tiempos de gestión de los procesos administrativos mediante:

  • El uso del sistema de videoconferencia;
  • Los equipos multifuncionales para la impresión y digitalización de expedientes;
  •  La transferencia electrónica de pagos;
  • Comunicaciones electrónicas al interior y exterior del Poder Judicial de del Estado;
  • La sistematización de la Estadística Judicial de manera electrónica;
  •  La modernización de los sistemas de informática jurídica;
  • Los desarrollos de sistemas informáticos deberán contar con un estudio de factibilidad y el dictamen técnico que los avale, y
  • Preferenciar el uso de las mejores prácticas en función del desarrollo que se trate.

C.   EN MATERIA DE COMUNICACIÓN SOCIAL:

1. Contratar –de ser necesaria- la publicidad preferentemente en las páginas electrónicas de los medios de comunicación de alto tráfico de usuarios, para abatir costos en la difusión del quehacer institucional.

2. Impulsar campañas internas permanentes de difusión para la aplicación del conjunto de medidas materia del presente acuerdo.

3. Celebrar preferentemente convenios de servicios con instancias gubernamentales, que permitan aportar tiempos de grabación, producción y transmisión en estaciones de radio, de programas, cápsulas y spots de radio, sobre el quehacer institucional. Asimismo, aprovechar los diversos convenios para la producción de diversos programas de entrevistas y televisivos para difundir las actividades de los órganos del Poder Judicial.

4. Realizar comunicados de prensa por medios electrónicos a los periodistas y jefes de información de la fuente periodística que cubren los órganos del Poder Judicial.

  • EN MATERIA DE SERVICIOS PERSONALES:

1. Las labores se realizarán en el horario establecido en el Reglamento Interior General del Poder Judicial del Estado. Cuando se requiera por la naturaleza y necesidades del servicio, se autorizarán actividades en tiempos extraordinarios, de forma racional.

2. La modificación de estructuras organizacionales deberá responder a la mejora de los procesos internos y se sujetará a dictámenes de procedencia, razonabilidad y disponibilidad presupuestal, y

3. Las sustituciones del personal estarán sujetas a la necesidad por la carga de trabajo y a la disponibilidad de los recursos autorizados en el presupuesto, pudiéndose ampliar en casos estrictamente necesarios.

  • EN MATERIA DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS:

1. Obtener las mejores condiciones de calidad, oportunidad y precio en la adquisición de bienes y la contratación de servicios.

2. Reducir los consumos de papelería, útiles de escritorio, consumibles de equipo de cómputo y utensilios en general, por lo que deberá fomentarse entre el personal:

  • La cultura del ahorro y el reciclaje de papel;
  • El uso del correo electrónico para el envío o difusión masiva de documentos;
  • Incrementar el número de bases de datos para consultas de información por medios electrónicos;
  • Utilizar obligatoriamente los sistemas de digitalización en las áreas en que se hayan implementado;
  • Implementar el uso de las herramientas de control de gestión y administración de archivos automatizados;
  •  Reducir al mínimo indispensable el servicio de fotocopiado, procurando instalar centros de impresión;
  • Racionalizar los servicios de agua y energía eléctrica, para tal efecto se deberá:
  • Implementar programas que refuercen la cultura del ahorro;
  • Instalar luminarias de bajo consumo de energía;
  • Vigilar que se mantengan apagadas las luces y equipos electrónicos que no estén siendo utilizados, especialmente durante los días y horarios no laborables;
  • Reducir el uso de aparatos eléctricos adicionales al equipo de administración;
  • Establecer sistemas de control de consumo de agua y energía eléctrica y dar seguimiento a las acciones que garanticen su correcta ejecución, y
  • Desarrollar proyectos tendentes al cumplimiento de la normativa ambiental y que fomenten el ahorro del consumo de energía eléctrica, aprovechando la asesoría e infraestructura de instituciones públicas especializadas.

3. Procurar la enajenación de bienes muebles improductivos u obsoletos, ociosos o innecesarios, previa la autorización que corresponda, a fin de evitar gastos de administración y mantenimiento.

4. Racionalizar los servicios del uso de internet y señal de cable.

5. Rehabilitar mobiliario susceptible de reacondicionar, para aprovechar los bienes existentes.

6. Racionalizar los servicios del envío de paquetería y correspondencia.

7. Promover la estandarización del equipo para oficina con base en su capacidad y uso.

8. Promover la consolidación de adquisiciones de bienes del mismo tipo.

  • EN MATERIA DE VEHÍCULOS OFICIALES:
  • Propiciar el uso eficiente del parque vehicular a efecto de contribuir en la disminución del consumo de combustibles y realizar oportunamente los mantenimientos preventivo y correctivo.
  • Adquirir vehículos para servicios de apoyo en los siguientes casos: que resulten indispensables para el desempeño de actividades sustantivas; que los costos que implica el mantenimiento de los vehículos a sustituirse, en su caso, resulten gravosos, o que, por su antigüedad conforme al programa de renovación vehicular, sea necesaria su sustitución.
  • EN MATERIA DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS:

1. En la formulación de proyectos de obra pública, se deberán realizar acciones a favor del ahorro y protección al medio ambiente, tales como:

  • Plantas residuales para la reutilización de agua tratada;
  • Iluminación con lámparas ahorradoras de energía, colocación de sensores duales de presencia; y, en su caso, cambio en el suministro de energía eléctrica de baja a media tensión, para generar ahorros en el consumo;
  • Sustitución de equipos de aire acondicionado, por sistemas de enfriamiento de menor consumo energético;
  • Captación de aguas pluviales en azoteas para su uso en riego de jardineras y en el subsuelo para mantener el nivel freático de la zona;
  • Utilización de fotoceldas solares en el alumbrado exterior de los inmuebles, para el control y ahorro de energía;
  • Continuar, a través de las bases, con la contratación de servicios con empresas que utilizan materiales y productos biodegradables, y
  • Procurar en las remodelaciones de oficinas aquellas que impliquen una ocupación más eficiente de los espacios en los inmuebles y generen ahorros en el mediano plazo, así como las que tengan por objeto mejorar y hacer más eficiente el desarrollo de las funciones de cada área.

2. Tratándose de los bienes inmuebles actualmente en operación, se procurará, conforme a la disponibilidad presupuestal, la aplicación de las medidas citadas anteriormente.

3. Racionalizar los gastos de mantenimiento preventivo y correctivo, a través de la optimización de los mecanismos de control y seguimiento.

  • EN MATERIA DE DIFUSIÓN, IMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALES:

1. Promover la celebración de convenios con instituciones públicas para la producción, edición e impresión de obras de carácter jurídico, así como para la difusión del quehacer del Poder Judicial del Estado, buscando la reducción de costos.

2. Racionalizar y optimizar los recursos presupuestales autorizados para las publicaciones en medios impresos, privilegiando, cuando así sea posible, el uso de la intranet e internet para la difusión de información de carácter público.

3. Publicar preferentemente en medios electrónicos y discos ópticos, las ediciones jurisdiccionales y determinar el número de tirajes impresos, de conformidad con el programa de distribución previamente establecido, a efecto de abatir costos de publicación, distribución y ocupación de espacios.

  • EN MATERIA DE VIÁTICOS Y PASAJES, SE PROCURARÁ:

1. Reducir al mínimo indispensable las comisiones, así como el número de personas que participan en ella.

2. Contratar la transportación aérea en las mejores condiciones de calidad, oportunidad y precio; para tal efecto, los servidores públicos responsables programarán con la mayor anticipación posible las comisiones de su personal, a fin de tramitar o solicitar las reservaciones de boletos aéreos con oportunidad.

La transportación y hospedaje para llevar a cabo las comisiones oficiales deberán atender lo siguiente:

  • Adquirir con prestadores de servicio que otorguen las mejores condiciones de mercado; y en su caso, celebrar convenios buscando beneficios adicionales sin costo, tales como internet, llamadas telefónicas, transportación hotel-aeropuerto-hotel, salas de juntas, desayunos y descuentos en alimentos, y
  • Programar con la debida anticipación para obtener mejores tarifas.

3. Programar las comisiones con salidas en los primeros horarios y con su regreso en los últimos horarios, para evitar gastos de hospedaje en el lugar de la comisión.

  • EN MATERIA DE GASTOS DE ORDEN SOCIAL:

1. Las erogaciones por concepto de gastos de orden social: congresos, convenciones, ferias, exposiciones, conferencias, seminarios, talleres de trabajo y demás eventos de naturaleza similar, se reducirán al mínimo indispensable procurando ampliar la cobertura a través del uso de la modalidad electrónica a distancia para la transmisión, difusión y realización de convenciones, seminarios, cursos, diplomados y otros de naturaleza análoga.-

  • EN MATERIA DE CURSOS DE CAPACITACIÓN:

1. Las políticas de cursos de capacitación serán autorizadas por las instancias pertinentes del Poder Judicial, promoviéndose que se orienten a temas que tengan un impacto de mejora en las funciones de los servidores públicos y del área en la que se presten sus servicios;

2. Adecuar el programa de capacitación con orientación exclusiva al desarrollo, formación profesional y/o actualización de los servidores públicos, en materias que estén directamente relacionadas con el ejercicio de sus funciones y de los proyectos institucionales, también se promoverá el intercambio gratuito de cursos de capacitación en materia jurídica y administrativa;

3. Promover políticas para el aprovechamiento de la infraestructura informática y de telecomunicaciones en las tareas de actualización y capacitación a distancia, a fin de ampliar la cobertura y reducir los costos de la capacitación presencial, y

4. Promover convenios con los organismos académicos públicos y privados, así como con los prestadores de servicio, para obtener descuentos en los programas de capacitación y becas que contribuyan a la generación de ahorros presupuestales.

CUARTO.- Las Unidades Administrativas, en el ámbito de su competencia, instrumentarán las medidas del presente Acuerdo General tendentes a fomentar el ahorro en los servicios administrativos cumpliendo con los criterios de racionalidad y transparencia del ejercicio presupuestal.

QUINTO.- Las áreas encargadas de las funciones presupuestales del Poder Judicial, realizarán el seguimiento puntual de su cumplimiento, supervisando que las erogaciones se apeguen a la legalidad y al presupuesto aprobado.

SEXTO.- Las Unidades Administrativas informarán trimestralmente del avance en el cumplimiento del presente Acuerdo, así como de las acciones específicas realizadas al Presidente del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado y al Oficial Mayor.

SÉPTIMO.- Los ahorros que se generen con motivo de las medidas de racionalidad y disciplina presupuestaria se destinarán preferentemente a los programas prioritarios, siempre en beneficio de la mejor impartición de justicia.

OCTAVO.- Los titulares de los Órganos Jurisdiccionales y Unidades Administrativas serán responsables de llevar a cabo, dentro de sus respectivas áreas y atribuciones, las acciones que se requieran para la debida observancia de las disposiciones de este Acuerdo; para tal efecto, los Órganos del Poder Judicial deberán emitir los lineamientos específicos que correspondan.

NOVENO.- Las situaciones no previstas en este Acuerdo General, así como su interpretación, serán resueltas por el Oficial Mayor del Poder Judicial del Estado.

TRANSITORIOS

PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, en los estrados de la Secretaría General de Acuerdos del Pleno, de las Salas del Tribunal, de los Juzgados, así como en las Unidades Administrativas y en el Portal de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Campeche.

SEGUNDO. El presente Acuerdo General entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, de conformidad con el artículo 4 del Código Civil vigente en el Estado.

TERCERO. Se deja sin efecto cualquier disposición administrativa que sea contraria al presente Acuerdo.

A T E N T A M E N T E

MTRA. JAQUELINE DEL CARMEN ESTRELLA PUC
SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS INTERINA
DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO.

 


 



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