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Fracción X.d.
Secretaría General de Acuerdos. CIRCULAR NÚM.:05/SGA/13-2014
CC. MAGISTRADOS DE LAS SALAS CIVIL, PENAL, ADMINISTRATIVA-ELECTORAL, ESPECIALIZADA PARA ADOLESCENTES, MIXTA CON SEDE EN CIUDAD DEL CARMEN, DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, JUECES DE PRIMERA INSTANCIA, DE MENOR CUANTÍA Y DE ADOLESCENTES DE LOS CINCO DISTRITOS JUDICIALES DEL ESTADO DE CAMPECHE. En Sesión Ordinaria del Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia verificada el día 7 de octubre de 2013, se aprobó el dictamen de la Comisión de Registro de Auxiliares de la Administración de Justicia del Estado, cuyos puntos resolutivos son los siguientes: PRIMERO: Los integrantes del Pleno del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Campeche, con fundamento en lo que establecen los artículos 9, 10, 11, 12 y 13 del Reglamento y Arancel de los Peritos, Auxiliares de Administración de Justicia del Poder Judicial del Estado de Campeche, APRUEBAN la solicitud planteada por la Universidad Autónoma de Campeche, a través de la ciudadana Maestra Norma Evangelina Lozano Reyes, Directora de la Facultad de Humanidades, para que los ciudadanos Rubí Selie Marín Ayuso, Ana María Marín Ayuso, Ruth Eunice Tun Beltrán y Salvador Portillo Quijano, sean INCLUIDOS en el Registro de Auxiliares de la Administración de Justicia del Estado de Campeche, para que funjan como peritos traductores autorizados por el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Campeche, y realizar, exclusivamente traducciones al idioma español, de actas, certificados o partidas de nacimiento redactadas en idioma inglés, emitidas por autoridades extranjeras, a fin de que adquieran la validez y el alcance legal que exige el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad, en razón de que se cumplen con las bases establecidas en el Convenio de Colaboración Tripartita, celebrado entre la Universidad Autónoma de Campeche, el Gobierno del Estado de Campeche y el Poder Judicial del Estado de Campeche, y los requisitos legales contenidos en el referido Reglamento y Arancel de los Peritos. SEGUNDO: Se AUTORIZA a los ciudadanos Rubí Selie Marín Ayuso, Ana María Marín Ayuso, Ruth Eunice Tun Beltrán y Salvador Portillo Quijano, para FUNGIR como peritos traductores, en los términos expuesto en el punto resolutivo primero que antecede, así como el otorgamiento de las CÉDULAS para realizar tal función, autorización que tendrá vigencia a partir de la fecha en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, tal y como lo establece el artículo 13 del Reglamento y Arancel de los Peritos, Auxiliares de Administración de Justicia del Poder Judicial del Estado de Campeche. TERCERO: Se instruye a la Secretaria General de Acuerdos, para que asiente en el registro correspondiente, el nombre de los peritos, fotografías, materia sobre la que se autorizó, la fecha de aprobación de la habilitación; haga del conocimiento dicha autorización, mediante atento oficio, a las Salas del Tribunal Superior de Justicia del Estado, a los Juzgados dependientes del Poder Judicial del Estado, y al ciudadano Licenciado Rogelio Antonio Collí Pech, Director del Registro del Estado Civil, dependiente de la Secretaría del Gobierno de la Administración Pública Estatal, así como para que proceda a su publicación en el Periódico Oficial del Estado. La autorización antes mencionada, quedó asentada en el Libro de Registro de Auxiliares de la Administración de Justicia del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado a fojas números cincuenta y tres, cincuenta y cuatro, cincuenta y cinco y cincuenta y seis que se lleva en esta Secretaría General de Acuerdos a mi cargo; lo anterior de conformidad con los artículos 42 fracción VIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado y 97 del Reglamento Interior General de este Tribunal.
MTRA. MARÍA DE GUADALUPE PACHECO PÉREZ.
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