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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
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Fracción X.d.

SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS

CIRCULAR No. 40/SGA/12-2013

ASUNTO: SE COMUNICA ACUERDO DEL PLENO

    Ciudad de San Francisco de Campeche, Camp; a 09 de abril de  2013.

CC. MAGISTRADOS Y SECRETARIOS DE ACUERDOS DE LAS SALAS CIVIL, PENAL, ADMINISTRATIVA ELECTORAL, UNITARIA ESPECIALIZADA PARA ADOLESCENTES Y MIXTA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, OFICIALÍA MAYOR, JUECES DE PRIMERA INSTANCIA Y DE CUANTÍA MENOR DEL ESTADO, ESCUELA JUDICIAL, CISJUPE, DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LA DELEGACIÓN DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO, DIRECTORES, ENCARGADOS DE DEPARTAMENTO, ENCARGADAS DE LA CENTRAL DE ACTUARIOS Y DE LA CENTRAL DE CONSIGNACIONES DE PENSIONES ALIMENTARIAS.

 

El Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, en Sesión Ordinaria verificada el día 8 de abril de 2013, dictó y aprobó el siguiente

“ACUERDO DE COMISIÓN PARA SUPERVISAR LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y OPERATIVAS DEL ARCHIVO JUDICIAL”, al tenor de las siguientes:

Consideraciones:

1.- Que el artículo 21 de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala que “Para la presidencia y Tribunal Pleno se designarán un secretario general de acuerdos, un secretario auxiliar, un actuario, un oficial mayor, un director de contabilidad, un director de informática, un director de recursos materiales, un director de recursos humanos y control estadístico, los departamentos y demás unidades administrativas así como el número de empleados que se requiera y permita el presupuesto de egresos respectivo, conforme a lo que disponga el Reglamento Interior del propio Tribunal.”

2.- Que el numeral 43, fracción VII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, señala que son atribuciones del Oficial Mayor “Todas las demás que delegue en él el Presidente del Tribunal Superior”, y el subsecuente artículo 44 dispone que “El Tribunal en Pleno determinará las demás atribuciones que deban conferirse a la oficialía mayor, así como la planta de empleados de la misma, conforme a las necesidades del servicio y las previsiones del presupuesto.”

3.- Que el precepto 125 de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala que “Se establece, como dependencia del Tribunal Superior de Justicia el Archivo Judicial del Estado que se organizará conforme esta ley, su reglamento interior y las determinaciones del Presidente del Tribunal.

4.- Que el artículo 32, fracción I,  del Reglamento Interior General del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, de los Juzgados de Primera Instancia, Menores y de Conciliación y de las demás dependencias del propio Tribunal, señala que son atribuciones del Oficial Mayor “Tener a su cargo el despacho de los asuntos administrativos bajo la autoridad del Presidente del Tribunal”.

5.- Que el texto del numeral 105  del Reglamento Interior General del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, de los Juzgados de Primera Instancia, Menores y de Conciliación y de las demás dependencias del propio Tribunal, señala que “El archivo Judicial del Estado se organizará conforme a lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, de su Reglamento interior y las determinaciones del Presidente del Tribunal.”

6.- Que de conformidad con el artículo 18, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Campeche, el Pleno tiene la facultad de crear nuevas Salas, y ampliar o suprimir las ya existentes y decretar las providencias necesarias para la administración de justicia.
Por lo anterior y para efecto de optimizar el desarrollo de las actividades del Archivo Judicial, con fundamento en el artículo 18, fracción XVI, y 21 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se emite el siguiente:

 

“ACUERDO DE COMISIÓN PARA SUPERVISAR LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y OPERATIVAS DEL ARCHIVO JUDICIAL”

PRIMERO: Se comisiona al Oficial Mayor del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, como el encargado de la supervisión del óptimo desarrollo de las actividades administrativas y operativas de la Dirección del Archivo Judicial del Estado a que alude la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado; el Reglamento Interior General del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, de los Juzgados de Primera Instancia, Menores y de Conciliación y de las demás dependencias del propio Tribunal; y demás disposiciones de la Presidencia y/o del Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia.

SEGUNDO: El Oficial Mayor del H. Tribunal Superior de Justicia informará periódicamente a la Presidencia del H. Tribunal de las actividades que realice el Archivo Judicial, y de manera inmediata de los percances o anomalías que advierta, a efecto de que se tomen las medidas administrativas conducentes.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor a partir del 12 de abril de 2013.

SEGUNDO: Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en los estrados de la Secretaría General de Acuerdos del Pleno, de las Salas del Tribunal, de los Juzgados, así como en las áreas administrativas y en el Portal de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Campeche.

TERCERO.- Se derogan todas las disposiciones administrativas en lo que se opongan al presente acuerdo.

CUARTO: Circúlese esta determinación del Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, a los Órganos de este Poder, al Foro Campechano y al público en general para su conocimiento.  Cúmplase.

 

A T E N T A M E N T E
“Sufragio Efectivo. No Reelección”.
H. Tribunal Superior de Justicia del Estado.

 

MTRA. MARÍA DE GUADALUPE PACHECO PÉREZ.
SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS

 

 



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