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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
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Fracción X.d.

San Francisco de Campeche a 24 de Septiembre de 2010

CC. MAGISTRADOS DEL H. PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE CAMPECHE.
PRESENTE.

Por este medio, y con fundamento en las facultades que me otorgan los artículos 25 y 26, en sus fracciones VI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, me permito poner a su consideración una propuesta de:

"ACUERDO PARA LA ROTACIÓN DE FUNCIONES DE LOS SERVIDORES JUDICIALES ADSCRITOS AL SISTEMA DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES."

Con fundamento en el artículo 18, fracción XIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Campeche; y

CONSIDERANDO:

1.- Que la Misión institucional del Tribunal Superior de Justicia es ofrecer a la sociedad campechana los servicios de administración e impartición de justicia con respeto y eficacia.

2.- Que el Poder Judicial tiene como finalidad esencial prestar con excelencia el servicio de administración e impartición de justicia, mediante los órganos jurisdiccionales y administrativos.

3.- Que corresponde al Tribunal Pleno vigilar y dictar las medidas administrativas que estimen benéficas para el buen desarrollo de la administración de justicia.

4.- Que es competencia del Tribunal Pleno cambiar de adscripción a los jueces de una misma categoría en el mismo distrito, conforme lo exijan las necesidades del servicio, con el fin de evaluar permanentemente la función jurisdiccional y administrativa para así garantizar la prontitud, expedites e imparcialidad de la impartición de justicia.

5.- Que en el período judicial 2009-2010, se iniciaron 70 expedientes en los Juzgados especializados en Justicia para Adolescentes, de los cuales fueron concluidos 60 en el Juzgado de Instrucción y 10 en el de Juicio Oral y Sentencia a través de las siguientes formas: 2 por sentencia, 30 por medios alternos, 10 por prescripción y 28 por extinción de la acción .

6.- Que al ser integral la impartición de justicia, resulta necesario que los titulares de la función jurisdiccional conozcan el desempeño de otras áreas de su misma competencia, se equilibren las cargas laborales y tomen las medidas pertinentes que permitan enriquecer el acceso a la justicia de la ciudadanía.

7.- Que en base a lo anterior, el Pleno del Tribunal tiene a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se autoriza la rotación de funciones de los Jueces y Secretarios de Acuerdos del Sistema de Justicia para Adolescentes, para el conocimiento de los asuntos que se reciban a partir del primero de octubre de dos mil diez. - - - -

SEGUNDO.- E l Juez y Secretario del Juzgado de Instrucción asumirán, respectivamente, las funciones Juez y Secretario de Juicio Oral y de Sentencia, y éstos dos últimos, a su vez, asumirán las de la etapa Instrucción. - - - - - - - - - - -

TERCERO.- Los servidores judiciales que funjan como Actuarios del Sistema de Justicia para Adolescentes realizarán las notificaciones por riguroso turno y en el orden en que se presenten, independientemente de la etapa del proceso. - - -

CUARTO: Los asuntos radicados hasta antes de la fecha de entrada en vigor del presente acuerdo seguirán bajo el conocimiento del Juez y Secretario de origen hasta su total conclusión, y las notificaciones se realizarán en los términos del punto TERCERO de este acuerdo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

QUINTO: Para el cumplimiento de este acuerdo los funcionarios judiciales del Sistema de Justicia para Adolescentes se ajustarán a las funciones y deberes que disponga la Ley de Justicia para Adolescentes y demás leyes de la materia en todo lo que les sea aplicable, según el cargo que asumirán a partir de la fecha señalada en el punto PRIMERO de este acuerdo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SEXTO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Código Civil local; y en el Portal de Transparencia del Poder Judicial, como lo dispone el artículo 5, fracción IX, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche. - - -

SÉPTIMO.- Este acuerdo entrará en vigor en la fecha señalada en el punto " PRIMERO " de este Acuerdo.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CÚMPLASE . Así lo acuerdan y firman los Magistrados integrantes del H. Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Doctora Guadalupe Eugenia Quijano Villanueva, Magistrada Presidenta, Doctor Víctor Manuel Collí Borges, Licenciado José Ángel Paredes Echavarría, Licenciada Adelaida Verónica Delgado Rodríguez, Maestra María Eugenia Ávila López, Licenciado Roger Rubén Rosario Pérez, Licenciado Miguel Ángel Caballero Fuentes, Licenciado Juan Antonio Renedo Dorantes, Licenciado José Enrique Adam Richaud y Licenciado Iván Cabañas González, con la ausencia de los Magistrados M. en C. Silvia del Carmen Moguel Ortiz, Lic. Humberto Rodríguez Flores, Lic. Etna Arceo Baranda y Lic. Zobeida de Lourdes Torruco Sélem, quienes se encuentran comisionados por el Pleno; ante la fe de la Licenciada Beatriz Baqueiro Gutiérrez, Secretaria Auxiliar interina del Pleno, encargada de la Secretaría General de Acuerdos, quien certifica y da fe." - - - - - - - -- - - - - - - - - - - -

Sin otro particular por el momento hago propicia la ocasión para saludarles.

ATENTAMENTE

Dra. Guadalupe Eugenia Quijano Villanueva.
MAGISTRADA PRESIDENTE.

.


 



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