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Fracción X.d.
PRESIDENCIA CIRCULAR No. 039/PRE/09-2010 ASUNTO: Se solicita consideren días inhábiles para fijar convivencias supervisadas o entregas-recepción. San Francisco de Campeche, Cam., abril 30 de 2010. CC. JUECES DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO. Dado que el Calendario Oficial del Poder Judicial del Estado de Campeche del año 2010, establece días inhábiles, atentamente solicito a ustedes que consideren los períodos para no fijar convivencias supervisadas o entregas-recepción en ellos, a menos que sea indispensable hacerlo. Sin otro particular, los saludo cordialmente. A T E N T A M E N T E
DRA. GUADALUPE EUGENIA QUIJANO VILLANUEVA
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de 08:00 a 15:00 hrs. Cualquier documento recibido personalmente o de manera electrónica, después de las 15:00 hrs. se considerará entregado el día hábil inmediato siguiente. La información que no se contenga en esta página, puede ser obtenida mediante solicitud que se haga a través de los órganos facultados para ello, en este caso la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ubicado en Av. Patricio Trueba y de Regil No.236 Col San Rafael, CP 24090, dirigido al MAF. Arturo Reyes Moguel como Director de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública. |