CRITERIOS POR EL CUAL SE OTORGA EL ESTIMULO ANUAL AL DESEMPEÑO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER JUDICIAL (modificación)
Modificaciones del Acuerdo mediante el cual se establecen los criterior que deben observarse para el otorgamiento del Estímulo Anual al desempeño de los Servidores Públicos, aprobado el treinta de junio del presente año en Sesión Ordinaria del Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado
PRIMERO: Se modifican los puntos II, III y IV del acuerdo mediante el cual se establecen los criterios a observarse para el otorgamiento del estímulo anual al desempeño de los servidores públicos del Poder Judicial del Estado de Campeche, publicado en el periódico oficial el día veinticinco de mayo del año dos mil cinco, para quedar como sigue:
Punto número II.- Estos criterios serán de observancia obligatoria para los titulares de las diversas áreas que integran el Poder Judicial del Estado de Campeche, los cuales para formular las propuestas respectivas deberán cerciorarse de que satisfagan todos y cada uno de los criterios señalados en el punto que antecede, para lo cual deberán solicitar la información pertinente a la Oficialía Mayor del Tribunal Superior de Justicia y al Centro de Capacitación y actualización del Poder Judicial del Estado, y posteriormente enviarlas a la Comisión de Estímulos.
Punto número III.- El proceso de selección de los Servidores Públicos del Poder Judicial del Estado de Campeche, será responsabilidad inmediata y directa de los titulares de las diversas áreas, quienes a más tardar el día dieciséis de agosto de cada año , harán llegar su propuesta a la Comisión de Estímulos, cuyo presidente dará cuenta al pleno del resultado del análisis realizado.
Punto número VI.- el Pleno del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, en la primera sesión del mes de septiembre de cada año, determinará el acreedor al estímulo de cada área. Los nombres de los seleccionados serán publicados en los estrados del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se adiciona el punto número VII del acuerdo mediante el cual se establecen los criterios que deben de observarse para el otorgamiento del estímulo anual al desempeño de los servidores públicos del Poder Judicial del Estado de Campeche publicado en el periódico oficial el día veinticinco de mayo del año dos mil cinco y que entrara en vigor el día siguiente, para quedar como sigue:
Punto número VII.-Lo no previsto o determinado por este acuerdo, será resuelto por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado.
TRANSITORIO
ÚNICO.- los puntos del acuerdo mencionados en el párrafo que antecede, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Campeche y sustituirán y complementarán los puntos del acuerdo publicado en el periódico oficial del día 25 de mayo de 2005. Cúmplase.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -